Reciclaje de envases

¿Qué es el SDDR y como afecta al canal HORECA?

Se trata de un sistema de devolución que afectará a envases de bebidas de un solo uso, botellas de agua, refrescos o latas.

Foto: istock
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Por Redacción

Publicación Web: 21/09/2026

Se trata de un Sistema de Deposito, Devolución y Retorno (SDDR) de envases por el que al comprar determinados productos envasados el consumidor paga un pequeño deposito adicional que recupera al devolver el envase vacío en una máquina de devolución. En nuestro país este sistema afectaría a envases de bebidas de un solo uso, botellas de agua, refrescos o latas.

Tanto consumidores como el canal HORECA se verán afectados por este nuevo sistema según el Real Decreto 1055/2022 que establece objetivos de recogida de botellas de plástico de un solo uso: 70 % en 2023, 77 % en 2025, 85 % en 2027 y 90 % en 2029.

En 2023 España alcanzó solo un 42,3 % –según los datos incorporados por el Ministerio para la Transición Ecológica– lo que indica un incumplimiento del objetivo establecido en la ley 7/2022 del 70%, y, por tanto, el establecimiento obligatorio del SDDR en el plazo de dos años. El Ministerio ha incluido su puesta en marcha dentro del Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2025-2035 (PEMAR) con el desarrollo de un marco normativo y un nuevo Real Decreto para adaptar la legislación española al Reglamento europeo de envases de 2025, que establece que los sistemas de depósito aplicables a botellas de plástico y recipientes metálicos para bebidas deberán cumplir sus requisitos generales como máximo el 1 de enero de 2029, con determinadas excepciones.

¿Cómo afecta esta normativa al canal HORECA?

Los establecimientos tendrían que separar y gestionar los envases sujetos al sistema de forma diferente a los residuos convenciones, por ejemplo, los envases reutilizables de vidrio, que ya cuenten con su propio sistema de recogida. Será necesario disponer de un espacio para el almacenamiento de estos envases hasta su recogida.

Por otro lado, este sistema generaría unos costes adicionales ya que el cliente tendrá que pagar el precio de la bebida más el depósito, que luego le sería devuelto al retornar el envase en un punto autorizado, si la bebida no se consume dentro del establecimiento. Si la bebida se consume en el establecimiento, entonces este queda exento de cobrar el depósito al cliente.

En cualquier caso, estas reglas concretas para HORECA todavía forman parte del diseño del SDDR español. Todavía no existe una regla definitiva que diga exactamente cómo se tratará el consumo dentro de un local. Aún está por definir cómo será el espacio, la manipulación, el almacenamiento y la gestión de los envases por parte de los bares y restaurantes y el coste que esto supondrá para ellos y para el cliente. Será el modelo operativo definitivo el que determinará exactamente qué tendrá que hacer un bar y qué pagará el cliente.

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